• hace 5 meses
Hola a todos/as, este vídeo es un conjunto de vídeos sobre el trabajo, que son informaciones importantes que hay que saber a la hora de trabajar saber los derechos y deberes de los trabajadores españoles por eso lo comparto para ayudar, en mi web o blog están todos los videos de este canal de Oscar Gamarra Rodriguez:
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Por otra parte, informar que este vídeo como otros lo tenéis en mi blog ahora web, separado por secciones o por temas, todos lo que yo he colgado en YouTube y este canal de Dailymotion con marca: Óscar Gamarra Rodriguez que es mis canales. Por último, decirle que mi dirección web de mi blog ahora mi web no pongo el enlace web por normas de este canal ahí también está mis vídeos currículum también me puedes seguir en mí blog, dado que estoy buscando trabajo, aparte de este y otros vídeos, sobre el mundo de trabajo y ocio. Que si le gusta se puede SUSCRIBIRSE mi canal de YouTube y este canal de Dailymonton en mi web tiene más información. Muchas gracias por su atención.
Transcripción
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00:30Novedad, los trabajadores fijos discontinuos pueden trabajar en una administración pública
00:37durante sus periodos de inactividad.
00:40Pues sí, en estas fechas muchos trabajadores paran su actividad hasta nueva orden y otros
00:44muchos la recuperan y tienen que volver al trabajo.
00:46Todos han firmado un contrato fijo discontinuo, una modalidad que se da sobre todo en la hostelería,
00:51el ocio y los hoteles de nuestro país.
00:53Si tienes un contrato fijo discontinuo perteneces a la plantilla de la empresa de manera indefinida
00:57pero no trabajas todo el año, solo unos meses o una temporada.
01:01Además de esta peculiaridad hay otras cositas, ciertas cositas que debemos saber por si nos
01:05ponen por delante este contrato.
01:07La primera es que vamos a trabajar de forma intermitente pero cuando no trabajemos el
01:11contrato no se extingue.
01:13El contrato no se rompe, eso sí, nos toca esperar a que la empresa vuelva a llamarnos
01:17sin cobrar un euro y sí que coticen por nosotros.
01:20Un ejemplo muy claro puede ser el de socorrista, sabe que la piscina le va a necesitar durante
01:24el verano pero desconoce la fecha exacta en la que va a comenzar a trabajar y aquí
01:28viene la segunda cuestión.
01:29La empresa debe avisarnos, tiene que hacer lo que se conoce como el llamamiento.
01:34Este llamamiento viene regulado en el convenio y normalmente incorpora primero a los trabajadores
01:38con más antigüedad.
01:40Pero y si la empresa no da señales de vida o pasa olímpicamente de respetar la antigüedad
01:44o cubre nuestro puesto con un nuevo empleado?
01:47Bueno pues en esos casos tenemos todo el derecho del mundo a reclamar ante el juzgado de lo
01:51social y un juez dirá si nuestro despido, porque se considera despido que no nos llamen,
01:56es procedente, improcedente o nulo.
01:58Y nuestra indemnización dependerá de lo que diga el juez.
02:01En todo caso no se queden parados.
02:03La ley nos da como mucho 20 días para demandar por un despido.
02:07Otra cosa que nos puede pasar es que nosotros no podamos incorporarnos al puesto.
02:10Si es por estar de baja médica, no es problema.
02:13Pero ojo, la empresa tiene que empezar a cotizar por nosotros aunque estemos de baja, ¿de acuerdo?
02:17Y en cuanto nos den el alta pues nada, trabajar de cabeza.
02:20La cosa cambia si el motivo de que no nos presentemos sea haber cambiado de casa sin
02:24comunicar nuestra nueva dirección o vivir desde hace tiempo en el extranjero o estar
02:27trabajando en otro sitio.
02:29Bueno pues en estos casos a la empresa se le presentan dos soluciones.
02:32Uno, considerar que hemos abandonado el puesto voluntariamente.
02:36Dos, ponernos una sanción según convenio por ausencias injustificadas que puede llegar
02:40hasta el despido, claro.
02:42Por encima de todo nos tiene que quedar clara una cosa, que la empresa sí o sí está obligada
02:48a llamarnos.
02:49Y en el contrato tiene que venir muy clarito el orden de ese llamamiento para estar pendientes
02:53si pasan de nosotros.

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