QUE PASA SI COBRAS EL PARO Y VIAJAS EN ESPAÑA

  • hace 2 meses
Hola a todos/as, este vídeo es un conjunto de vídeos sobre el trabajo, que son informaciones importantes que hay que saber a la hora de trabajar saber los derechos y deberes de los trabajadores españoles por eso lo comparto para ayudar, en mi web o blog están todos los videos de este canal de Oscar Gamarra Rodriguez:
Mi blog ahora mi web es mi nombre y dos apellidos seguidos terminado en punto com en el video viene mi web, oscar gamarra rodriguez
Sígueme en mi blog para recibir notificaciones de todas mis publicaciones.
IMPORTANTE: Los vídeos de este canal (mio) cuando los actualizo cambia el enlace web o URL del vídeo y en cambio en esta web no cambia y en la misma entrada puede haber más informaciones del tema.
Por otra parte, informar que este vídeo como otros lo tenéis en mi blog ahora web, separado por secciones o por temas, todos lo que yo he colgado en YouTube y este canal de Dailymotion con marca: Óscar Gamarra Rodriguez que es mis canales. Por último, decirle que mi dirección web de mi blog ahora mi web no pongo el enlace web por normas de este canal ahí también está mis vídeos currículum también me puedes seguir en mí blog, dado que estoy buscando trabajo, aparte de este y otros vídeos, sobre el mundo de trabajo y ocio. Que si le gusta se puede SUSCRIBIRSE mi canal de YouTube y este canal de Dailymonton en mi web tiene más información. Muchas gracias por su atención
Transcript
00:00¡Suscríbete y activa notificaciones!
00:31Bueno, cuando cobras la prestación firmas un compromiso,
00:34un compromiso de asistir a cursos, de participar en una jornada de orientación
00:37y, por supuesto, de aceptar una oferta de empleo adecuada.
00:40Se llama compromiso de actividad y este compromiso es para todo el año,
00:44también en verano.
00:46Además, el SEPE deja bien claro que cuando cobras el paro
00:49no tienes derecho a disfrutar de las vacaciones porque no estás en activo.
00:52¿Quiere decir eso que no se puede mover uno de su casa o de su pueblo?
00:56Pues no.
00:57Tampoco pones a viajar de aquí para allá porque hay ciertas normas
01:00que si no las cumplimos podemos tener problemas con nuestra prestación.
01:03Si viajamos dentro de España no hay peligro, no es obligatorio,
01:06pero se recomienda avisar a la Oficina de Empleo de que nos vamos
01:10para que esos días nos liberen de sellados, de cursos y cualquier otra cita en el SEPE.
01:15Supuesto número dos, nos vamos al extranjero.
01:17En este caso, siempre, siempre, insisto, siempre hay que avisar a la Oficina de Empleo
01:22que igual que nos vayamos por un día o por un año, tampoco importa el motivo.
01:26Es obligación, no recomendación, insistimos.
01:28Y dependiendo del tiempo que estemos fuera, existen tres escenarios.
01:32El primero es nos vamos menos de 15 días.
01:35Bueno, pues avisando antes, insisto, la prestación ni se entera.
01:39Vamos a cobrar lo mismo.
01:40Y no hace falta justificar el motivo del viaje.
01:42Segunda posibilidad, nos vamos más de 15 días, pero menos de 90.
01:46En cuanto se lo contemos a la Oficina de Empleo, se pausa el cobro del paro,
01:50dejamos de cobrar.
01:51Sí, pero cuando volvamos le decimos al SEPE que ya estamos aquí
01:54y nos reactivarán la prestación, donde la dejamos y sin perder ni un céntimo.
01:58Tercer escenario, nos vamos por cualquier causa más de 90 días.
02:01En ese caso, perdemos el paro.
02:03Cuando volvamos no hay nada que cobrar.
02:05Pero si la causa es laboral o por formación, podemos irnos entre 90 días y un año.
02:10Durante ese tiempo nos suspenden el paro para luego continuar cobrándolo cuando volvamos.
02:14Pero ojo, si tardamos más de un año en volver, lo perdemos.
02:18Una cosa muy importante, cuando salimos de España a buscarnos la vida,
02:21la prestación se puede cobrar en el país de destino,
02:23si es de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza,
02:27pero solo durante seis meses.
02:29Por supuesto, tenemos que ir al SEPE y solicitarlo.
02:32Resumimos y recordamos, si cobramos el paro y viajamos por España,
02:35es recomendable decírselo al SEPE,
02:37pero es obligatorio avisar si nos vamos al extranjero.
02:40No comunicar el traslado al extranjero, aunque sea a menos de 15 días,
02:44puede suponer una infracción que nos deje sin esa prestación a la que teníamos derecho.
02:51Aquí hay trabajo.

Recomendada