• hace 5 meses
Hola a todos/as, este vídeo es un conjunto de vídeos sobre el trabajo, que son informaciones importantes que hay que saber a la hora de trabajar saber los derechos y deberes de los trabajadores españoles por eso lo comparto para ayudar, en mi web o blog están todos los videos de este canal de Oscar Gamarra Rodriguez:
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Transcripción
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00:31La indemnización por despido, recordemos, es un derecho laboral
00:34que tenemos los empleados cuando nos ponen de patitas en la calle.
00:38El dinero de la indemnización se calcula en función de tres cosas.
00:41Nuestro sueldo, la antigüedad de la empresa y el motivo del despido.
00:45Y tres motivos nos pueden dar.
00:47Con el primero, el empresario nos despide por causas disciplinarias.
00:50Como, por ejemplo, yo qué sé, robar material
00:53o faltar al trabajo cada dos por tres y sin justificación
00:55o presentarse en el trabajo con uso y abuso de sustancias estupefacientes.
00:59Cuidado con eso.
01:00La indemnización en casos tipo liar la parda es de cero euros.
01:04A la calle, con una mano delante y otra detrás.
01:07Vamos con el segundo motivo.
01:09La empresa nos despide por causas objetivas.
01:11Bueno, estas causas son pérdidas económicas,
01:13reorganización del trabajo o descenso en las ventas.
01:16Indemnización.
01:17Veinte días, veinte días de salario por año
01:19trabajado con un máximo de veinte mensualidades, ¿de acuerdo?
01:22Y tres, y con la misma indemnización,
01:24también nos iremos al paro si nos aplican un ERE o un despido colectivo.
01:28Pero si no estamos de acuerdo con el despido y demandamos a la empresa,
01:31pues habrá otra clasificación de despido según lo que dicte el juez
01:35y puede dictar tres sentencias diferentes.
01:38Primera, el despido se ajusta a la ley,
01:40cumple con todos los requisitos y es procedente.
01:43Pues nada, nos iremos a casa con la indemnización
01:45que nos había marcado nuestro despido.
01:47Repetimos, es por causas objetivas, veinte días por año trabajado.
01:50Cero días y el despido fue por causa disciplinaria.
01:53Segundo tipo de sentencia,
01:54el juez declara que el despido es improcedente.
01:57Improcedente porque no hay motivo que justifique el despido
01:59o porque no cumple los requisitos legales o por fraude del empresario.
02:02Bueno, pues aquí la indemnización sube
02:04y pasa a ser de treinta y tres días de salario por año de trabajo
02:08con un tope de veinticuatro mensualidades.
02:10Y tercera sentencia, el juez declara despido nulo
02:13porque vulnera nuestros derechos fundamentales.
02:15Bueno, pues en ese caso en principio no hay indemnización
02:18porque la empresa sí o sí nos tiene que volver a admitir
02:20y pagarnos todo lo que habríamos cobrado si no nos hubiera despedido.
02:23Así que tomen buena nota, ojalá nunca necesiten esta información,
02:27pero por si acaso recordamos que hay tres tipos de despido
02:30según lo que diga la empresa.
02:33Disciplinario, objetivo o ere con sus respectivas indemnizaciones.
02:38Y si demandamos a la empresa por el despido,
02:40el juez puede declarar ese despido procedente, improcedente o nulo
02:45y cobraremos lo que nos toque como acabamos de contar.
02:48Un despido es un momento muy difícil, muy difícil para el trabajador.
02:53Aquí hay trabajo.

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