• hace 4 meses
Hola a todos/as, este vídeo es un conjunto de vídeos sobre el trabajo, que son informaciones importantes que hay que saber a la hora de trabajar saber los derechos y deberes de los trabajadores españoles por eso lo comparto para ayudar, en mi web o blog están todos los videos de este canal de Oscar Gamarra Rodriguez:
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Transcripción
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00:31Atención, la Seguridad Social ya no permite cobrar
00:35la pensión de incapacidad permanente absoluta
00:38y trabajar al mismo tiempo.
00:39Que por orden del Supremo ya no se puede cobrar
00:42una pensión por incapacidad permanente absoluta
00:44y a la vez tener un trabajo que implique
00:46darse de alta en la Seguridad Social.
00:48Bueno, el Supremo matiza y dice que sí sería compatible
00:51con actividades muy limitadas y de poca importancia
00:54que no necesiten darse de alta ni cotizar por ellas.
00:57¿Pero qué actividades son esas?
00:59Pues desde la Seguridad Social nos han confirmado
01:01que desde luego ningún trabajo por cuenta ajena.
01:04A ver, pero ojo, si es una incapacidad permanente total,
01:07no absoluta, sino total, entonces sí que puede cobrarse
01:10esa pensión y tener un trabajo distinto
01:12que sea compatible con nuestros problemas físicos.
01:14Otro punto importante de cajón,
01:16lo que se aplica a la incapacidad permanente absoluta
01:19vale también para un estado aún más grave,
01:21que es la gran invalidez.
01:22Recordemos ahora por qué motivo nos pueden conceder
01:24una pensión en esos dos casos.
01:26La pensión por incapacidad permanente absoluta
01:28es una prestación que nos da todos los meses
01:30la Seguridad Social cuando por una lesión o una enfermedad
01:33no podemos realizar ningún trabajo.
01:35Y como no podemos trabajar, tenemos derecho a una prestación
01:38que equivale al 100% de la base reguladora.
01:41Y luego está la gran invalidez,
01:42que es cuando además de no poder trabajar
01:44necesitamos la ayuda de otra persona
01:46para los actos más esenciales de la vida,
01:48como vestirnos, movernos o simplemente comer.
01:50Con una gran invalidez se cobra una pensión equivalente
01:52también al 100% de la base reguladora,
01:54más un complemento destinado a pagar
01:56a una persona que nos atienda.
01:58Para que nos concedan estas pensiones
01:59hay que cumplir, claro, unos requisitos.
02:01Así, a grandes rasgos,
02:03estar dados de alta en la Seguridad Social
02:05o en una situación asimilada a la alta,
02:07no haber cumplido la edad de jubilación ordinal
02:09y tener un tiempo de cotización determinado
02:11que depende de nuestra edad y de otros factores.
02:14En fin, la noticia es que las personas
02:16con una incapacidad permanente absoluta
02:18ya no pueden cambiar de profesión y cobrar la pensión a la vez.
02:26Aquí hay trabajo.

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