El TS confirma que "una sola foto" basta para condenar por sexting

  • el año pasado
El Tribunal Supremo (TS) ha aclarado que con enviar a terceros una sola imagen de contenido íntimo es suficiente para condenar por 'sexting', siempre que el objetivo sea "denigrar" a la persona afectada, en un caso donde ha revocado la absolución de un hombre que difundió una foto sexual de su pareja con dicha intención, condenándole a una multa por revelación de secretos.


(Fuente: Europa Press, Policía, EBS)

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